La Audiencia Nacional avala que los ópticos hablen de “pacientes” y no de “clientes”

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Por Celeste López Perales — Portada

La Audiencia Nacional avala que los ópticos hablen de “pacientes” y no de “clientes”

Profesiones sanitarias

Los oftalmólogos defendían que ese término solo puede reservarse a quien recibe atención médica

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Celeste López Perales

Celeste López

Madrid

15/10/2026 06:05 Síguenos en Google 0:00 Audio generado por IA 0:00 0.5x 0.8x 1x 1.2x 1.5x SUSCRÍBETE PARA ESCUCHAR

Sí, los ópticos-optometristas pueden hablar de “pacientes”,  como hacen los médicos especialistas en oftalmología. Así lo ha dejado claro la Audiencia Nacional, que ha rechazado que la denominación “paciente” deba reservarse exclusivamente a quienes reciben atención médica, tal y como esgrimía la Asociación Profesional de Oftalmólogos de España (APOE), informan desde el Consejo General de Ópticos-Optometristas,

En concreto, denunciaron el uso de las palabras “pacientes” y “recetas” por parte de los ópticos, cuando, según los oftalmólogos, esas palabras forman parte de una práctica médica que ellos no ejercen.

Esta resolución pone fin, al menos de momento, al enfrentamiento que desde hace años mantienen los oftalmólogos con los opticos-optometristas.  Los primeros  (médicos especializados en el diagnóstico y tratamiento de enfermedades y condiciones médicas relacionadas con los ojos y que pueden realizar cirugías oculares, tratar problemas de visión y manejar enfermedades oculares) denunciaron a los segundos (profesionales especializados en la corrección de la visión mediante la prescripción y ajuste de lentes correctivas) ante el Ministerio de Sanidad. 

Argumentaron que los ópticos estaban fomentando la confusión en la ciudadanía por la falsa impresión de estar recibiendo “verdadera atención médica” por parte de este colectivo, lo que puede conllevar riesgo en términos de salud de la población. El Ministerio de Sanidad dio la razón a los oftalmólogos.

Además, la APOE acudió a los tribunales por estar en contra de los requisitos de los títulos universitarios oficiales que habilitan para ejercer como óptico-optometrista. 

Y los tribunales han hablado. Según explican desde el Consejo General de Ópticos-Optometristas, la Audiencia Nacional ha desestimado “íntegramente” el recurso presentado por los oftalmólogos contra determinados apartados de la orden que establece los requisitos de los títulos universitarios oficiales que habilitan para ejercer como óptico-optometrista. 

“La resolución respalda el marco de formación universitaria de estos profesionales sanitarios y rechaza que la denominación “paciente” deba reservarse exclusivamente a quienes reciben atención médica”, explican. Además, la Audiencia Nacional recuerda que los ópticos-optometristas son una de las profesiones sanitarias reconocidas por la ley.

Celeste López Perales

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Redactora jefa de La Vanguardia en la delegación de Madrid, especializada en temas sociales. Licenciada en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid.

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