La falta de inspecciones diluye la ley estatal contra el despilfarro de alimentos
Por Emili Mora Núñez — Portada
La falta de inspecciones diluye la ley estatal contra el despilfarro de alimentos
Sin inspecciones
La nueva normativa, que se había publicado en el BOE hace un año, obliga a las empresas grandes de la cadena de alimentación a implementar un plan de prevención y reducción para evitar el desperdicio alimentario
La ley cuenta con el consenso de entidades sociales y de los sectores empresariales implicados
“Muchas veces se ha pecado de señalar en exceso a la ciudadanía en campañas de materia de gestión de residuo o de reciclaje”, afirma Anna Peña, portavoz de la ONG Rezero

Personas vulnerables y sin recursos aprovechan la comida que tiran los supermercados cada día cuando cierran
Àlex Garcia / Propias
Emili Mora Núñez
Barcelona
12/09/2026 06:00 Síguenos en Google 0:00 0:00 0.5x 0.8x 1x 1.2x 1.5x SUSCRÍBETE PARA ESCUCHAR El audio de esta noticia está generado mediante Inteligencia Artificial
Son las 21:00h de la noche en un supermercado de Barcelona o Valencia. Un grupo de trece vecinos espera pacientemente a que los trabajadores de un supermercado saquen las bolsas que contienen las sobras de alimentos del día, y las depositen dentro en unos contenedores rectangulares de residuos orgánicos, situados a pie de calle. Poco a poco, algunos vecinos abren las bolsas y, de forma organizada, hurgan entre la comida que encuentran en su interior para repartir, de manera rápida y eficaz, los alimentos que han sido seleccionados y desechados por razones desconocidas.
A partir de mañana, 3 de abril de 2026, entra en vigor la ley de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario. La nueva normativa, publicada hace un año y aplicada de forma gradual para dar margen de adaptación de los afectados, prevé la implantación de planes de prevención destinados a minimizar el desperdicio de alimentos en las empresas que forman parte de la cadena de alimentos.
La ley obliga a tener un plan de prevención y reducción del desperdicio y los residuos alimentarios
Todas las empresas que participan en la cadena alimentaria, a excepción de micropymes y las pequeñas explotaciones agrarias, deberán diseñar estos nuevos documentos, para poder identificar los puntos críticos dónde se producen pérdidas de alimentos, así como establecer medidas para minimizarlas, mediante una jerarquía legal que prioriza el consumo humano y su donación a entidades sociales, antes de que los productos acaben deshechados.
La obligación de elaborar este plan se aplicará a todas las empresas que tenga una extensión superior a 1.300 m², tanto individualmente como bajo un mismo código de identificación fiscal, a diseñar el plan de prevención. Su cumplimiento será obligatorio para cadenas de alimentación, fabricas, proveedores, hostelería, restauración, administración pública y organizaciones sin animo de lucro.
La normativa supone un antes y un después; viene a poner orden donde no había anteriormente”
Juan Ángel Martín
Director general de Comerso
Para Juan Ángel Martín, director general de Comerso, empresa intermediaria entre cadenas de supermercado y entidades que facilita la donación de alimentos, “la normativa supone un antes y un después; viene a poner orden donde no había anteriormente”. Aún así, Martín destaca que “aún estamos en una fase de toma de conciencia de los sectores afectados”.
Este directivo valora positivamente la entrada del régimen sancionador, un año después de su publicación, ya que cree que puede ayudar a prevenir el desperdicio de residuos y alimentos “por el mismo miedo a la sanción, así como a sus consecuencias reputacionales”. “Si mañana por la mañana sale una foto con un supermercado concreto con personas recogiendo alimentos de la basura, cualquier Comunidad Autónoma tendrá la obligación de sancionarlo”.
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Nuria de Pedraza, miembro de la Asociación de Empresas de Gran Consumo en España y directora del proyecto La Alimentación no tiene Desperdicio, afirma que aún se esta a la espera de ver exactamente cómo se aplicará el régimen sancionador. “Cada comunidad autónoma decidirá cómo se realizarán las inspecciones” y, sobre todo, “desde qué departamento, ya que la redacción actual puede llevar a interpretaciones desiguales de la ley”. Aún así, asegura que le constan reuniones entre comunidades autónomas y el Gobierno “para intentar pactar unas instrucciones mínimas comunes”.
La ley cuenta con la aceptación y el consenso por parte de empresas de distribución y supermercados y entidades sociales
Anna Peña, portavoz de Rezero, ONG que promueve la reducción y la reutilización de los residuos que participó de la campaña social #LeySinDesperdicio, valora positivamente “la introducción de la obligatoriedad de los planes para las empresas”, ya que “muchas veces se ha pecado de señalar en exceso a la ciudadanía en campañas de materia de gestión de residuo o, por ejemplo, el reciclaje”. Aún así, la portavoz de la entidad es precavida: “En las políticas de materia de gestión de residuos, muchas veces su aplicación queda relegada a la voluntad de los actores implicados”.
Además, todo parece indicar que el sector de la patronal empresarial también valora positivamente la aplicación de la ley. “Compartimos los objetivos de la ley”, afirma Ignacio García, director general de Asedas, una de las principales asociaciones de la patronal de distribución alimentaria y supermercados del estado. García destaca que el suyo es uno de los sectores donde menos se produce el desperdicio alimentario. “No prevemos ningún problema en la aplicación de la ley en el sector”, añade. “Todas las empresas de distribución tienen una cultura de la donación implementada desde hace muchos años”.
La nueva ley prevé sanciones de hasta 500.000 euros en caso de reiteración de infracciones (Explainer visual)
El nuevo régimen sancionador prevé sanciones de apercibimiento o multas hasta 2.000 euros por sanciones de tipo leve, por ejemplo no donar productos a fundaciones y desperdiciarlos; hasta 60.000 euros por infracciones graves, como no contar con el plan de prevención y reducción del desperdicio; y de hasta 500.000 euros en infracciones muy graves, es decir, en la reiteración de las infracciones anteriores.
Según el último informe del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en 2024 se desperdiciaron 1.125 millones de kilos de alimentos
El desperdicio alimentario no solo se da en los supermercados, aunque, a menudo esta es la parte más visible para el consumidor. Según el último informe del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, publicado en agosto de 2025, durante el 2024 se desperdiciaron 1.125 millones de kilos/litros de alimentos. Es decir 24,38 kilos/litros por persona al año. Se trata de una cifra un 4,4% menor que el año anterior. Una pérdida que según la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) se puede reducir si se aplican planes de prevención correctos.
Tal como señalan entidades sociales y asociaciones como Aecoc, la ley de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario llega diez años más tarde que sus homólogos en países vecinos. Francia aprobó en febrero de 2016 la conocida como Ley Garot, una normativa que obligaba a los supermercados de más de 400 m² a donar los alimentos sobrantes que aún fuesen aptos para el consumo humano.
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