La Justicia ordena detener al empresario ‘pirata’ de Ibiza condenado por coaccionar a navegantes y amenazar a ecologistas

0

Por Nicolás Ribas — eldiario.es – eldiario.es

La Justicia ordena detener al empresario 'pirata' de Ibiza condenado por coaccionar a navegantes y amenazar a ecologistas

Evaristo Soler Cardona vuelve a estar en el punto de mira de los tribunales tras no comparer ante el juzgado en una de las causas que todavía tiene pendientes. La jueza sostiene que su ausencia podría responder a que el investigado “intenta sustraerse de la acción de la justicia”

La Justicia condena a seis meses de cárcel al empresario ‘pirata’ de Ibiza que aterrorizó a un navegante y rajó su barco

Evaristo Soler Cardona vuelve a estar en el punto de mira de la Justicia. El Juzgado de Instrucción número 1 de Eivissa ha dictado una orden de búsqueda y detención contra él después de que no compareciera ante el juzgado en una de las causas que todavía tiene pendientes. En un auto consultado por elDiario.es, la jueza considera que su ausencia podría responder a que el investigado “intenta sustraerse de la acción de la justicia”. Soler Cardona está citado en esta causa por un presunto delito de quebrantamiento de condena a raíz del incumplimiento de una orden de alejamiento.

La nueva orden judicial llega después de varias condenas por unos hechos ocurridos en la bahía de Porroig, donde, según los hechos que los tribunales han considerado probados, Soler Cardona amenazó y coaccionó a distintos navegantes para exigirles dinero a cambio de permitirles fondear sus embarcaciones. La Audiencia Provincial de Balears ha confirmado recientemente una condena de seis meses de prisión por un delito de coacciones, impuesta inicialmente por el Juzgado de lo Penal número 2 de Eivissa, cuya titular, la magistrada Martina Rodríguez, dio por probados esos hechos.

La sentencia de primera instancia también condenó a Soler Cardona por un delito continuado de quebrantamiento de medida cautelar y otro de daños, según el fallo al que tuvo acceso este diario. Por el primero deberá pagar una multa de 8.640 euros –24 meses a razón de 12 euros diarios– y por el segundo, otra de 4.320 euros –12 meses con la misma cuota diaria–. Además, deberá indemnizar con 3.283 euros a François Xavier Crone por los daños ocasionados en su embarcación.

La orden implica que Soler Cardona deberá ser detenido y puesto a disposición judicial cuando sea localizado. El juzgado ha cursado una requisitoria –una orden judicial– a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para que procedan a su localización y detención con el objetivo de que comparezca en calidad de investigado y sea oído por la jueza. Además, debe facilitar un domicilio en el que pueda recibir las próximas notificaciones y citaciones. La requisitoria tiene fijada como fecha de cese el 16 de abril de 2031.

Mientras Soler Cardona no sea localizado, el juzgado suspende la tramitación de la causa y acuerda su archivo provisional. El auto establece que, si transcurren cinco años sin que sea localizado, las actuaciones se archivarán definitivamente por prescripción y se cancelará la requisitoria. La resolución también ordena dejar constancia de la medida en los registros correspondientes y remitir a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad la documentación necesaria para ejecutar la orden.

elDiario.es se ha puesto en contacto con el abogado de Evaristo Soler Cardona para conocer las razones de la incomparecencia de su cliente a los llamamientos judiciales y su posición ante la orden de búsqueda, detención y presentación dictada por el Juzgado de Instrucción número 1 de Eivissa. Este diario también le ha preguntado si la defensa tiene previsto recurrir la resolución, si Soler Cardona contempla personarse voluntariamente ante el juzgado y si existe algún otro aspecto de la causa que considere relevante aclarar. El abogado no ha respondido a estas preguntas en el momento de la publicación de esta noticia.

Una orden de alejamiento de la cala

La última condena de Evaristo Soler Cardona tiene su origen en una noche de junio de 2024 en la bahía de Porroig, en Sant Josep de sa Talaia. El 22 de junio, el empresario tenía en vigor una medida cautelar que le impedía acercarse a menos de 100 metros de la zona, dictada en el marco de otra causa penal. Aun así, según los hechos que la jueza de lo Penal número 2 de Eivissa consideró probados y que ahora ha confirmado la Audiencia Provincial de Balears, Soler Cardona se aproximó a un catamarán fondeado en la bahía y amenazó a su patrón, François Xavier Crone.

“Gabacho de mierda, vete de aquí, no queremos en la isla a gente como tú, te quitaré el ancla, acabarás en las rocas, de nada te servirá tu dinghy”, recoge la sentencia que le dijo. El episodio no terminó ahí. Horas después, ya de madrugada, el patrón volvió a encontrarse con Soler Cardona en unas circunstancias que la resolución considera acreditadas y que acabaron con daños en su embarcación.

Crone había decidido no bajar al camarote aquella noche. Según explicó durante el procedimiento, llevaba tiempo sufriendo una situación de “perturbación” que, de acuerdo con su relato, había comenzado en 2021 y se había intensificado en los últimos meses. Después del primer encontronazo, permaneció en el salón del catamarán, entre el sueño y la vigilia. Hacia las tres de la madrugada escuchó un golpe seco. Su barco había colisionado con otra embarcación fondeada después de que, según declaró, su ancla hubiese sido levantada.

Salió entonces a cubierta y puso el motor en marcha para alejarse de las rocas. Fue en ese momento cuando vio unas burbujas en el agua y, junto a ellas, una figura de gran tamaño que salió a la superficie. Crone identificó al hombre como Soler Cardona. Según su declaración, el acusado se volvió a dirigirse a él de forma intimidatoria: “Te lo advertí, la próxima vez te hundiré el barco, lárgate de aquí”, recoge la sentencia.

La identificación fue uno de los elementos centrales del juicio. Crone sostuvo que aquella noche había luna llena y que pudo ver al acusado, pero señaló especialmente que reconoció su voz “de forma categórica y rotunda”. La defensa cuestionó esa identificación por las condiciones de la escena: era de madrugada y, según argumentó, la visibilidad y la capacidad para escuchar con claridad eran limitadas.

La sentencia también considera probado que, con el propósito de disuadir a Crone de seguir fondeando en Porroig, Soler Cardona dañó su embarcación auxiliar. La neumática, que estaba sujeta a los pescantes del catamarán, apareció en el agua con al menos diez o doce cortes. El peritaje aportado al procedimiento cifró los desperfectos en 3.283 euros, cantidad que el condenado deberá abonar al perjudicado.

La Audiencia Provincial confirma la condena

La Audiencia Provincial ha avalado ahora la valoración realizada por la jueza de primera instancia. La resolución, con Gemma Robles como ponente, rechaza íntegramente el recurso presentado por la defensa, que cuestionaba tanto la identificación de Soler Cardona como la suficiencia de las pruebas.

La defensa sostenía que la condena descansaba fundamentalmente en el testimonio de Crone y que no existían elementos objetivos suficientes –como pruebas periciales, testimonios independientes o evidencias técnicas– que corroborasen su versión. También apuntaba a la enemistad previa entre ambos como un elemento que, a su juicio, podía afectar a la credibilidad del denunciante.

La magistrada, sin embargo, considera que la declaración de la víctima reúne las condiciones necesarias para sustentar la condena y rechaza que las circunstancias de aquella noche impidieran identificar al acusado.

Uno de los puntos discutidos en el recurso fue, además, la existencia de un delito continuado de quebrantamiento de medida cautelar. La defensa sostenía que la sentencia describía un único episodio y que la continuidad se había construido a partir de los antecedentes del acusado. La Audiencia considera, en cambio, que aquella noche hubo dos episodios diferenciados: el primero, durante el día, con las amenazas al patrón; y el segundo, horas después, cuando se produjo el incidente con el barco y las amenazas posteriores. Aunque separados en el tiempo, ambos respondían, según el tribunal, a un mismo propósito: impedir que Crone permaneciera fondeado en la bahía.

La defensa también cuestionó que existiera una prueba directa de que Soler Cardona hubiese abandonado Porroig después del primer episodio y regresado posteriormente. La Audiencia entiende que esa circunstancia puede deducirse del conjunto de las pruebas y considera poco razonable que permaneciera en la zona esperando una eventual intervención policial, especialmente teniendo en cuenta que pesaba sobre él una orden de alejamiento. Crone, además, aseguró no haber vuelto a verlo durante el tiempo que transcurrió entre ambos episodios.

Con estos argumentos, la Audiencia Provincial confirma íntegramente la condena de seis meses de prisión por coacciones, así como las penas de multa por el quebrantamiento continuado de la medida cautelar y por los daños. El fallo mantiene también la prohibición de aproximarse a menos de 100 metros de Crone, de su domicilio y de su lugar de trabajo, así como de comunicarse con él por cualquier medio durante tres años. El condenado queda además inhabilitado para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la pena de prisión.

La sentencia establece que el impago de las multas supondrá un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas y le impone las costas del procedimiento. La acusación particular ha sido ejercida por la abogada Azucena López Acebes en representación de Crone.

En junio de 2023, el Juzgado de Instrucción número 2 de Eivissa condenó al polémico empresario por delitos leves de amenazas y coacciones contra miembros de Maltesa del Mar –plataforma sin ánimo de lucro que aboga por la conservación del fondo marino en la isla– que tuvieron lugar a finales de mayo de 2022.

Fonte: eldiario.es – eldiario.es

Deixe um comentário

O seu endereço de email não será publicado. Campos obrigatórios marcados com *