La Fiscalía de Palencia archiva la denuncia por la adjudicación de un chalé protegido a una concejala del PP

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Por Laura Cornejoeldiario.es – eldiario.es

La Fiscalía de Palencia archiva la denuncia por la adjudicación de un chalé protegido a una concejala del PP

La decisión, un decreto, es “irrecurrible” pero se puede acudir a la vía judicial

La Fiscalía investiga la adjudicación de un chalé de protección oficial con piscina a una concejala del PP en Palencia

La Fiscalía de Palencia ha decretado el archivo de la denuncia por presuntas irregularidades en la adjudicación de una vivienda protegida, un chalé, a una concejala del PP, Laura Lombraña. La decisión es “irrecurrible” aunque se puede acudir a la vía judicial, señala en su escrito el fiscal jefe, Arturo Carrillo. Tal y como adelantó elDiario.es, la denuncia se realizó el pasado mes de marzo por el candidato de Podemos, Miguel Ángel Llamas y a esta se sumó la de la alcaldesa de Palencia, Miriam Andrés (PSOE), y una tercera anónima. La investigación del fiscal concluye que no concurren elementos para determinar que se han cometido delitos de prevaricación administrativa o tráfico de influencias

Lombraña fue responsable de Cultura, Turismo, Fiestas y Deportes entre 2019 y 2023. En la actualidad es concejala en la oposición. En 2023 se hizo con un chalé con piscina que forma parte de una promoción de 47 chalés de protección oficial construidos sobre un solar municipal vendido en 2019 por el Ayuntamiento de Palencia por 1,89 millones de euros. La operación fue aprobada pocos meses después de la constitución del gobierno municipal encabezado por Mario Simón (Ciudadanos), en coalición con el PP.

Las casas, comercializadas por la inmobiliaria palentina Ingucasa y vendidas por 157.320 euros, se entregaron en abril de 2023. La Ley autonómica 9/2010 sobre el derecho a la vivienda establece que, “con carácter general”, la selección de adjudicatarios de VPO debe realizarse mediante sorteo entre las personas inscritas en el Registro Público de Demandantes de Vivienda de Protección Pública de Castilla y León. Sin embargo, en este caso no se celebró un sorteo abierto entre todos los inscritos en el registro de vivienda protegida—que sumaban 1.949 en la provincia a cierre de 2025—, sino que la inmobiliaria comercializó directamente las viviendas. Posteriormente, se realizó un sorteo ante notario, pero limitado a las 47 personas que ya habían formalizado su interés, con el objetivo de asignar qué vivienda concreta correspondía a cada una.

El fiscal solicitó información al Ayuntamiento de Palencia, a la Junta de Castilla y León, a la mercantil que gestionó la promoción de la VPO, a la sociedad cooperativa y al Registro de la Propiedad de Palencia. El proceso de venta del suelo por parte del Ayuntamiento arrancó en septiembre de 2019, en octubre se publicó el concurso en el Boletín Oficial de la Provincia y en febrero se adjudicó a una cooperativa, que fue la única solicitante. El fiscal hace constar que aunque Lombraña era concejala desde el 2019 no constaba en el expediente municipal que hubiese intervenido en los trámites y tomas de decisión. Por otro lado, la sociedad cooperativa se constituyó en marzo de 2019 y Lombraña no formaba parte de esa asamblea constituyente ni tuvo cargo en ella. Lo que sí consta es la fecha en la que entra como socia en la cooperativa, el 6 de agosto de 2019, momento en el que aportó 3.000 euros y obtuvo el número 34 como cooperativista. Firmó el contrato de adhesión en febrero de 2020. Meses después, en abril se inició el proceso de construcción y de declaración de vivienda protegida.

No constan “irregularidades”

Las conclusiones del fiscal son claras tras examinar toda la documentación aportada. No consta que la concejala tomase decisiones en proceso de venta del suelo, ni en la sociedad cooperativa en la que figura “como partícipe cooperativista en igualdad de condiciones que los otros, con la única finalidad de participar en la adjudicación de unas de las viviendas”. Tampoco constan “irregularidades” en el expediente administrativo sobre el proyecto y adjudicación de las viviendas. Las denuncias planteaban una omisión en el procedimiento de adjudicación cuestionando el sorteo que se hizo entre los cooperativistas.

En este sentido, el fiscal tira de la Ley de Vivienda para aclarar que son promotores para uso propio las cooperativas que financien con medios propios o ajenos la construcción de viviendas para socios o partícipes. El 80% de los socios de esa cooperativa deben estar inscritos en el Registro de Público de Demandantes de Vivienda de Protección Pública en Castilla y León y tener unos ingresos familiares que no excedan 6,5 veces el IPREM y en caso de primera transmisión que no sean inferiores al IPREM. Tampoco se puede ser titular de pleno dominio de otra vivienda en España.

En cuanto a la selección de candidatos, el artículo 64 de la Ley de Vivienda establece que con “carácter general” hay que sortearlo entre quienes forman parte del Registro de Demandantes. Pero la Orden FOM/1982/2008 desarrolla los requisitos del proceso de selección y hay dos opciones: el sorteo público y el sorteo entre los cooperativistas. Este último fue el elegido. Se realizó un sorteo ante notario, pero limitado a las 47 personas que ya habían formalizado su interés, con el objetivo de asignar qué vivienda concreta correspondía a cada una.

Una declaración de bienes bajo sospecha

El fiscal no entra en la omisión de Lombraña en su declaración de bienes de junio 2023, en la que no aparecía la propiedad que se le entregó en abril, tan solo una cuenta con 7.000 euros, y se refiere únicamente a la que realizó en 2024 y en la que sí figuraba la vivienda.

Sobre esta declaración de bienes de 2024 hay otra denuncia formulada por el Ayuntamiento, ya que se produjo en domingo, día inhábil y apareció cuando salió a la luz la adjudicación del chalé a Lombraña. Se trata de un documento manuscrito al que se añadió la firma de la secretaria y, también a mano, una fecha del todo imposible en un registro municipal: 21 de julio de 2024. Ese día era domingo. La recepción del documento se certificó sin que constase firma electrónica, sólo la manuscrita de la secretaria. La secretaria fue cesada poco después del escándalo de Lombraña, pero una reciente resolución judicial obliga al Ayuntamiento de Palencia a readmitirla.

Fonte: eldiario.es – eldiario.es

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