El TC concluirá que el Supremo interpretó la amnistía de forma injusta
Por Carlota Guindal — Portada
El TC concluirá que el Supremo interpretó la amnistía de forma injusta
El escenario político
La mayoría del tribunal cree que el TS incumplió tres artículos de la Carta Magna

La sede del Tribunal Constitucional, en una imagen de archivo
SERGIO PEREZ / EFE

Madrid
24/09/2026 06:00 Síguenos en Google 0:00 Audio generado por IA 0:00 0.5x 0.8x 1x 1.2x 1.5x SUSCRÍBETE PARA ESCUCHAR
El Tribunal Constitucional se prepara para dar un batacazo al Tribunal Supremo por su interpretación de la ley de Amnistía, que impidió aplicarla a los líderes del procés , entre ellos el expresidente Carles Puigdemont o el exvicepresidente del Govern, Oriol Junqueras. Tras algo más de dos años desde que la norma fue publicada en el Boletín Oficial del Estado, el órgano de garantías ya tiene todo preparado para estimar los recursos de amparo –probablemente empezará el día 6– y ordenar al Supremo que revise su resolución para aplicar el olvido penal. Los principales borradores de sentencia ya están preparados.
Según fuentes del tribunal, el grueso de la argumentación girará en torno a la vulneración por parte del Supremo del artículo 24 de la Constitución, es decir el derecho de los líderes del procés a la tutela judicial efectiva; a obtener una respuesta judicial motivada y fundada en la ley, sin quedar en situación de indefensión.
La mayoría progresista del tribunal sostiene que el Supremo se excedió en la interpretación de la ley
Pero además, y en unión a esta vulneración, considera que la Sala de lo Penal del Supremo también habría vulnerado el artículos 23, que recoge el derecho a la participación política, por impedir amnistiar a los condenados por el procés , quienes no han podido ejercer sus derechos políticos al encontrarse inhabilitados por sentencia. También habría ido en contra el artículo 25 de la Carta Magna que estable el principio de legalidad, por mantener una condena o causa penal abierta –en el caso, por ejemplo, de Puigdemont– cuando una ley recoge que estas causas deben quedar archivadas.
Respecto del tronco principal de la argumentación del Constitucional, los magistrados que defienden la estimación de los recursos de amparo consideran que el Supremo se excedió en la interpretación sobre el delito de malversación con el único objetivo de que no pudieran ser amnistiados.
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En la ley, los legisladores estipularon varias excepciones, es decir, ciertas circunstancias en las que no podía amnistiarse un delito aunque fuera durante el periodo del procés (2011-2023) y por dirigentes catalanes que ostentaran algún cargo público en ese momento. Una de ellas era que estuviesen perseguidos por delitos de corrupción que impliquen un beneficio de carácter patrimonial o enriquecimiento personal para su autor. El Supremo interpretó que los líderes independentistas tuvieron un enriquecimiento personal al usar el patrimonio público para organizar el referéndum del 1 de octubre del 2017.
Las ponencias favorables del TC consideran que el delito de malversación lleva implícito el ánimo de lucro, diferente al beneficio personal. En este caso, el dinero se utilizó para organizar el procés y lo que la ley exceptúa son casos de corrupción por dirigentes catalanes que nada tuviera que ver con la organización del proceso independentista.

Carlota Guindal
Redactora de tribunales
Testigo de juicios históricos: procés, 11-M, 17-A, Gürtel, Nòos o de los más sanguinarios etarras. Voy tras los casos de corrupción, de la política a lo empresarial y lo policial, para destapar todo tipo de abusos
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