La Junta Electoral abre expediente a Sánchez por no respetar la “neutralidad electoral”
Por Leonor Mayor Ortega — Portada
La Junta Electoral abre expediente a Sánchez por no respetar la “neutralidad electoral”
Recurso del PP
La JEC desestima la petición para que el Gobierno no apruebe decretos en la Diputación Permanente al no ser una cuestión de su competencia

Pedro Sánchez en la Moncloa
THOMAS COEX / AFP

15/10/2026 16:49 Actualizado 15/10/2026 17:30 Síguenos en Google 0:00 Audio generado por IA 0:00 0.5x 0.8x 1x 1.2x 1.5x SUSCRÍBETE PARA ESCUCHAR
La Junta Electoral Central (JEC) ha dictado esta tarde una resolución por la que acuerda que se incoe un expediente sancionador contra el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, por no respetar la debida “neutralidad electoral” al haber hecho “uso de recursos institucionales para emitir juicios de valor, destacar presuntos logros de gestión y atacar a sus rivales políticos” durante la rueda de prensa que concedió el pasado 6 de octubre en la Moncloa. La Junta estima así un recurso presentado por el PP.
Lee también
El PP lleva a Sánchez ante la Junta Electoral por “usar Moncloa para dar un mitin” del 29-N
Leonor Mayor Ortega

Además, la JEC acuerda “requerir a la Presidencia del Gobierno para que proceda a retirar de la página web institucional de Moncloa y de los demás canales oficiales las manifestaciones contrarias al deber de neutralidad institucional” realizadas durante la rueda de prensa del 6 de octubre. La Junta sí considera correcto que la web informe de los acuerdos adoptados por el Consejo de Ministros.
El pasado 6 de octubre, Sánchez ofreció una rueda de prensa en Moncloa tras finalizar el Consejo de Ministros. El PP llevó esa comparecencia a la Junta Electoral. A juicio de los populares, Sánchez usó ese acto para “realizar un balance de los logros de su Gobierno, formular críticas y descalificaciones contra los partidos de la oposición y emitir mensajes de contenido electoralista, entre ellos la petición de una mayoría parlamentaria más amplia en las próximas elecciones generales”.
Para el PP, esta actuación supone “un incumplimiento de la legislación electoral vigente” pues vulneraría la Ley Electoral cuyo el artículo 50.2 establece el deber de neutralidad política exigible a los poderes públicos durante el período electoral. Además, los populares hicieron en su recurso especial hincapié en “la reiteración de conductas de esta naturaleza” que atribuyen a Sánchez.
Falta de competencia
La Junta da la razón al PP e insta también al presidente del Gobierno a que, “durante el período electoral, observe el deber de neutralidad política exigible a los poderes públicos y se abstenga de realizar manifestaciones contrarias al artículo 50.2 de la ley electoral en actos institucionales”. Además, advierte a Sánchez de que “la reiteración de tales conductas podrá dar lugar a las correspondientes responsabilidades sancionadoras”.
En cambio, los jueces electorales desestiman la petición del partido Se Acabó la Fiesta (SALF) que pretendía evitar que la Diputación Permanente del Congreso convalide los decretos de vivienda en este periodo preelectoral. Los jueces no han dado la razón a esta formación al considerar que no es de su competencia decidir sobre esta cuestión, pues se “trata de actuaciones comprendidas en el ejercicio de las competencias constitucionalmente atribuidas al Gobierno y a las Cámaras parlamentarias, cuyo control no corresponde a esta Junta Electoral Central”.

Leonor Mayor Ortega
Licenciada en Derecho (UB) y en Periodismo (URL). Graduada en Estudios Literarios (UB). Máster AGT (Esade). Redactora de Cultura de La Vanguardia
Etiquetas
Mostrar comentarios
Fonte: Portada