El TC, expectante al siguiente paso del Supremo con Puigdemont para zanjar la amnistía
Por Carlota Guindal — Portada
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La cuestión catalana
Tras la decisión de Constitucional el Supremo deberá revisar la sentencia
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Madrid
07/10/2026 06:00 Actualizado 07/10/2026 06:26 Síguenos en Google 0:00 Audio generado por IA 0:00 0.5x 0.8x 1x 1.2x 1.5x SUSCRÍBETE PARA ESCUCHAR
La justicia ha pisado el acelerador para cerrar el episodio de la amnistía a los líderes del procés una vez que el Tribunal Constitucional (TC) ha avalado la ley, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) la ha reconocido como herramienta para la “reconciliación” y el propio tribunal de garantías ha advertido al Tribunal Supremo (TS) que debe aplicarla. Ya no hay más margen de maniobra o así lo interpretan fuentes del órgano que defiende la Carta Magna.
Los propios magistrados conservadores así lo escenificaron ayer. El pleno del TC en el que se revisaba la ponencia de su presidente, Cándido Conde-Pumpido, por la que se ordenaba al Supremo aplicar la amnistía fue rebatida, pero sucintamente. Fue un pleno sin contratiempos, ni bronco, ni tenso. Los cinco magistrados conservadores expusieron su criterio contrario al de los siete progresistas y fueron contestados uno por uno por el ponente. Cuando acabó la sesión, los conservadores comunicaron que harían un voto particular conjunto que ya estaba incluso redactado. Por tanto, por ese lado no habrá dilaciones. Fuentes del tribunal apuntan que hoy mismo podría estar firmada y publicada la sentencia, lista para remitirla al Tribunal Supremo.
Ayer mismo, el juez que instruyó la causa del procés, Pablo Llarena dictó una resolución por la que ordenaba dejar sin efecto la orden de detención nacional respecto de los tres procesados que están fuera de España, el expresident Carles Puigdemont, y los exconsellers Toni Comín y Lluís Puig. No obstante, el propio Llarena advertía que se trata de una decisión provisional, pendiente de estudiar la sentencia del TC. No será hasta que eso ocurra que el instructor resuelva si cumple con la orden de tribunal de amnistiar a los tres procesados que quedan pendientes de enjuiciamiento. Nada más conocer la decisión, el entorno del líder de Junts ya adelantó que hasta que la causa no quede archivada definitivamente no regresará a España.
Los magistrados conservadores acusan a los progresistas de “suplantar” la labor del Tribunal Supremo
En su resolución, Llarena explica que el alzamiento de las medidas “no declara aplicable la amnistía, ni extingue la responsabilidad penal ni resuelve las restantes cuestiones pendientes”. Eso sí, acuerda comunicar de manera “inmediata” el levantamiento de las órdenes a la Policía Nacional, Guardia Civil y Mossos d’Esquadra, y al resto de autoridades a las que se hubiesen remitido, para que se abstengan de ejecutar cualquier privación de libertad fundada en ellas.
Fuentes del Supremo también han confirmado que en cuanto reciban la sentencia del TC la estudiarán y si es clara y sin opción a interpretación entonces la aplicarán, lo que supone anular el auto por el que rechazaban amnistiar a los condenados del procés al considerar que el delito de malversación que se les había impuesto entraba dentro de las excepciones contempladas por la norma para no amnistiar.
El TC ha revocado esta interpretación, la ha calificado de “extensiva”, de ir contra el “espíritu” y “finalidad” de la ley y ha reprendido al alto tribunal por vulnerar tres artículos de la Constitución. Concretamente, se ha actuado contra el artículo 24, es decir el derecho de los líderes del procés a la tutela judicial efectiva; el 23, que recoge el derecho a la participación política, por impedir amnistiar a los condenados, quienes no han podido ejercer sus derechos políticos al encontrarse inhabilitados por sentencia; y el 25, que establece el principio de legalidad.
Si el TS amnistía a los condenados y procesados, el TC declarará la pérdida de objeto del resto
La sentencia señala que el Supremo se acogió a la excepción que venía recogida en la ley, respecto a los actos cometidos con el propósito de obtener un beneficio personal de carácter patrimonial, para aplicarla, en este caso, de manera errónea. El tribunal consideró que los líderes independentistas se habían enriquecido personalmente al organizar el referéndum del 1 de octubre del 2017 con dinero público al no poner los fondos de su propio bolsillo.
Lo que argumenta la resolución del TC es que la ley de Amnistía era clara cuando consideraba amnistiables los delitos de malversación encuadrados en el marco de la preparación y organización del proceso independentista, por lo que los argumentos del Supremo son “internamente contradictorios” con los presupuestos de exclusión recogidos en la ley. Para el tribunal de garantías, la interpretación del Supremo es “flagrante e insoluble y supone una quiebra de racionalidad inconciliable con la garantía, inherente al contenido constitucionalmente protegido”.
En su voto particular, los conservadores advierten de la extralimitación del TC a la hora de reinterpretar las resoluciones del Supremo, algo que califican de “preocupante y reiterada” suplantación del rol funcional del alto tribunal . Además, sobre el fondo de la cuestión sostienen que “no puede afirmarse que la finalidad secesionista sea incompatible con la de obtener un beneficio personal patrimonial y, en cualquier caso, la verdadera finalidad de la conducta de la recurrente (Dolors Bassa) forma parte del margen de apreciación del tribunal sentenciador, no de la jurisdicción constitucional”.
El TC resolvió la ponencia de Conde-Pumpido en un pleno rápido y sin contratiempos
Con esta sentencia, el Constitucional ha resuelto el primero de los recursos de amparo presentados por los condenados y procesados, el de la exconsellera Dolors Bassa. También se llevó al pleno la ponencia del exconseller Jordi Turull, pero el ponente, el magistrado José María Macías, optó por entregarla a Conde-Pumpido para su redacción.
En los siguientes plenos se debería ir planteando más ponencias al respecto, pero fuentes del tribunal explican que van a esperar a ver qué resuelve el Supremo. De aplicar la amnistía a todos los líderes independentistas -entre ellos Oriol Junqueras, que tiene pendiente de que se le archive la pena de inhabilitación que pesa sobre él-, el resto de recursos de amparo quedarían obsoletos y por tanto se dictaría una sentencia de pérdida de objeto para dar por zanjado definitivamente este asunto.

Carlota Guindal
Redactora de tribunales
Testigo de juicios históricos: procés, 11-M, 17-A, Gürtel, Nòos o de los más sanguinarios etarras. Voy tras los casos de corrupción, de la política a lo empresarial y lo policial, para destapar todo tipo de abusos
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