El Supremo deja sin efecto la orden de detención de Puigdemont
Por Carlota Guindal — Portada
El juez Llarena deja sin efecto la orden de detención de Puigdemont
Ley de Amnistía
Primera consecuencia a la sentencia del Tribunal Constitucional que ordena al Supremo aplicar la amnistía a los líderes del procés
El instructor de la causa del procés aclara que se trata una decisión provisional hasta que se revise la sentencia completa del tribunal de garantías
Reacciones a la decisión del TC y el posible regreso de Puigdemont

06/10/2026 12:42 Actualizado 06/10/2026 12:59 Síguenos en Google 0:00 Audio generado por IA 0:00 0.5x 0.8x 1x 1.2x 1.5x SUSCRÍBETE PARA ESCUCHAR
El magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha dejado sin efecto, con carácter inmediato y hasta nueva resolución judicial expresa, las órdenes nacionales de busca y captura y detención del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y de los exconsellers Antoni Comin y Lluis Puig.
La decisión se adopta tras hacerse pública por el Tribunal Constitucional la estimación del recurso de amparo de la exconsellera Dolors Bassa frente a la resolución que denegó la aplicación de la amnistía al delito de malversación por el que fue condenada. No obstante, aclara que se trata de una decisión provisional hasta que estudie la sentencia del tribunal de garantías.
El instructor de la causa del procés explica que, aunque todavía no se dispone del texto íntegro de la sentencia referida a Bassa, cuyo conocimiento será necesario para determinar su alcance respecto de Puigdemont, Comín y Puig, la coincidencia sustancial de los hechos y de la cuestión jurídica controvertida permite apreciar, sin anticipar una conclusión definitiva, que el pronunciamiento constitucional puede incidir en el fundamento de las órdenes de detención mantenidas por auto suyo de 1 de julio de 2024.
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Esta circunstancia sobrevenida justifica, para el magistrado, revisar de inmediato su ejecución durante el tiempo indispensable para conocer íntegramente la sentencia de amparo y resolver sobre sus consecuencias.
Llarena aclara que esta decisión de levantar la orden es suys y no una aplicación directa de la sentencia del TC porque el recurso de amparo presentado por Puigdemont todavía no está resuelto. Considera que aunque hay que revisar la sentencia en su conjunto, mantener la orden de detención podría provocar un perjuicio posterior.
Frente a ese riesgo, y atendiendo al carácter estrictamente transitorio de esta decisión, el juez considera proporcionado dejar provisionalmente sin efecto las órdenes, ya que los fines de aseguramiento de la causa no justifican, en estas circunstancias, su ejecución inmediata antes de comprobar la incidencia del pronunciamiento constitucional y sin perjuicio de resolver después lo que resulte jurídicamente oportuno.
El alzamiento de las medidas, añade el auto, no declara aplicable la amnistía, ni extingue la responsabilidad penal ni resuelve las restantes cuestiones pendientes. Aclara que eso se resolverá una ve se estudie la sentencia del TC.
El auto acuerda comunicar de manera inmediata el levantamiento de las órdenes a la Policía Nacional, Guardia Civil y Mossos d’Esquadra, y resto de autoridades a las que se hubiesen remitido, disponiendo que se abstengan de ejecutar cualquier privación de libertad fundada en ellas. También señala que una vez que disponga del testimonio íntegro de la sentencia resolverá sobre la continuidad o modificación de lo ahora acordado.

Carlota Guindal
Redactora de tribunales
Testigo de juicios históricos: procés, 11-M, 17-A, Gürtel, Nòos o de los más sanguinarios etarras. Voy tras los casos de corrupción, de la política a lo empresarial y lo policial, para destapar todo tipo de abusos
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