Las claves de los dos decretos de vivienda: ¿qué medidas pueden salir y cuáles no?
Por Josep Maria Calvet Fransesch — Portada
Las claves de los dos decretos de vivienda: ¿qué medidas pueden salir y cuáles no?
La emergencia habitacional
Las medidas del Gobierno buscan frenar los desahucios, vetar a los fondos de inversión y facilitar el alquiler

Vista de la Puerta del Sol en Madrid donde miles personas continúan acampadas en protesta por la situación de la vivienda
Rodrigo Jiménez / EFE
Madrid
30/09/2026 12:36 Síguenos en Google 0:00 Audio generado por IA 0:00 0.5x 0.8x 1x 1.2x 1.5x SUSCRÍBETE PARA ESCUCHAR
El Gobierno aprobó ayer un paquete de medidas en materia de vivienda que someterá a convalidación parlamentaria el viernes. Alumbrarlas no fue fácil. La coalición de PSOE y Sumar tuvo que dividirlas en dos reales decretos ley ante la falta de apoyos parlamentarios. La fórmula permite al Ministerio de Vivienda trocear las iniciativas más urgentes y que concitan un apoyo mayoritario en el Congreso ante aquellas que afrontan mayores dificultades para reunir los apoyos necesarios.
Prohibido desahuciar hasta el 2030
El primero de los decretos, el que contaría a priori con el apoyo de todos los socios de investidura, suspende desde este jueves y hasta el 31 de diciembre del 2030 los desahucios en inmuebles propiedad de grandes empresas que “hayan adquirido inmuebles o carteras de hipotecas impagadas por debajo de su valor de mercado”. El juez podrá suspender el procedimiento incluso si ya existe una resolución de desahucio, siempre que el lanzamiento todavía no se haya ejecutado. No se prevén compensaciones para estos propietarios. Además el texto cuenta con una novedad: la llamada enervación. Es decir, los jueces deberán archivar los expedientes de lanzamiento a personas vulnerables si el inquilino abona las rentas impagadas.
Prohibición temporal de compra especulativa orientada a los fondos buitre
El Gobierno también ha incluido en el primer real decreto ley la prohibición de compras de vivienda por parte de fondos de inversión pero hace una definición muy abierta y confusa de los mismos: en concreto prohíbe estas operaciones a “entidades, con o sin personalidad jurídica, que tengan en su objeto social la adquisición de inmuebles a título oneroso por un precio inferior al 70% su valor de tasación de mercado”.
Fiscalidad de las socimis
El Gobierno propone al Congreso modificar la fiscalidad de la que gozan las socimis (sociedades de inversión inmobiliaria) para que “orienten su función hacia la promoción de vivienda a precios asequibles”. Esta medida ha sido planteada en varias ocasiones por el Ejecutivo, hasta ahora sin éxito.
Regulación del alquiler de temporada y por habitaciones
El decreto número uno plantea también la regulación de los alquileres de temporada y por habitaciones. La propia Rodríguez habló de “fraude” en estas modalidades. Se requerirá que para firmar un alquiler de temporada se vincule ese contrato a una actividad temporal, con un inicio y un final, de forma que no se camuflen los alquileres tradicionales.
10% de IVA a las viviendas turísticas
En el decreto número uno se incorpora también la imposición de una IVA reducido del 10% a las viviendas de alquiler turístico. El Gobierno ha cedido en este aspecto. En un inicio su planteamiento era imponer un IVA del 21%, pero la cifra final ha cambiado durante la negociación.
Prórroga de alquileres
Los contratos de alquiler en vigor que acaban antes del 31 de diciembre del 2028 podrán prorrogarse de forma anual durante dos años como máximo.
Subidas de precios topadas al 2%
La subida de precios durante la renovación de los contratos del alquiler estará topada al 2%. El Sindicato de Inquilinas y varios socios de izquierda planteaban una congelación inmediata de las rentas.
Bonificaciones fiscales a inquilinos con rentas bajas
Para reducir el esfuerzo económico de las familias, el Gobierno ha aprobado bonificaciones fiscales a los inquilinos con rentas de hasta 33.000 euros. De esta medida se beneficiarán hasta 1,6 millones de hogares. El cálculo del Ministerio de Vivienda es que los beneficiarios se ahorrarían en torno a una mensualidad de alquiler en el IRPF.
Incentivos fiscales para propietarios
Se incorporan también bonificaciones en el IRPF a propietarios de vivienda que rebajen el precio del alquiler de forma voluntaria. Esta medida ya se realiza en los territorios donde se aplica la ley de Vivienda.
Ayudas a compradores de vivienda
Se llama Tu Casa y es un mecanismo de financiación de acceso a la primera vivienda. Es un préstamo a interés 0%. El Gobierno adelantará, por tanto, créditos sin intereses para la entrada del inmueble.
Segundo decreto: Renovación automática de los alquileres
El segundo decreto-ley sobre vivienda que el Boletín Oficial del Estado publicará mañana jueves, y que tendrá más dificultades para su convalidación en el Congreso que el primero por la más que probable oposición de Junts, pretende desincentivar a los propietarios la finalización de los contratos de alquiler con una dura indemnización al inquilino que quede sin hogar. Es el corazón del llamado “decreto Maricarmen” que piden el Sindicato de Inquilinas y los que se manifiestan por la vivienda en diversas plazas de España.
En concreto, el arrendador que comunique su voluntad de no prorrogar el contrato al arrendatario deberá indemnizarle con el importe equivalente a doce mensualidades de renta de una vivienda de análogas características, calculado, siempre que sea posible, conforme al sistema estatal de referencia de precios de alquiler de vivienda, y que en ningún caso podrá ser inferior a una mensualidad de renta por cada año de residencia en la vivienda. El cálculo de la indemnización se hará sobre el precio de referencia de una vivienda análoga, y no sobre la renta del contrato que se extingue.
Una excepción
No obstante, el texto excluye la indemnización cuando la no prórroga responda a que el arrendador, siendo persona física, necesite la vivienda para sí o para sus familiares de segundo grado. En todo caso, mantiene el derecho del arrendatario a la indemnización si la vivienda no llega a ocuparla en tres meses; que el arrendatario no habite de forma efectiva la vivienda arrendada; o que disponga de otra vivienda apta en el mismo municipio.
Ambos decretos se debatirán el próximo viernes en el pleno de la Cámara Baja a partir de las 11.00 horas. La última norma publicada es la que prevalece, por lo que este segundo decreto, que establece que los contratos son indefinidos prevalece sobre el publicado hoy que limita las prórrogas automáticas hasta diciembre del 2028.

Fernando H. Valls
Redactor de la sección de Economía de La Vanguardia en la redacción de Madrid. Autor del libro ‘El año que vivimos sin Gobierno’ (Libros.com) y colaborador de varios programas de televisión y radio.

Josep M. Calvet
Jefe de sección de Política
Josep Maria Calvet (Barcelona, 24 de febrero de 1972) coordina el área web de la sección de política. Anteriormente fue redactor jefe de Política y Última Hora del diario barcelonés
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