Conde-Pumpido dice que el Tribunal Supremo actuó contra el “espíritu” de la ley de Amnistía
Por Carlota Guindal — Portada
Conde-Pumpido dice que el Tribunal Supremo actuó contra el “espíritu” de la ley de Amnistía
El escenario político
El presidente del Tribunal Constitucional afirma que el TS vulneró tres artículos de la Constitución

Cándido Conde-Pumpido, con el ministro Félix Bolaños
FERNANDO VILLAR / EFE

Madrid
28/09/2026 20:22 Síguenos en Google 0:00 Audio generado por IA 0:00 0.5x 0.8x 1x 1.2x 1.5x SUSCRÍBETE PARA ESCUCHAR
La ponencia del presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, sobre la interpretación del Tribunal Supremo a la ley de la Amnistía concluye que el Alto Tribunal hizo una interpretación “extensiva” de la norma al negarse a aplicarla, que la Sala ha vulnerado tres artículos de la Constitución y, por tanto, debe rehacer su resolución y aplicar la ley del olvido penal a los líderes del procés .
Su ponencia, a la que ha tenido acceso La Vanguardia , resuelve el recurso de amparo de la exconsellera Dolors Bassa aunque su contenido, que previsiblemente saldrá adelante la próxima semana, será el que marque el resto se recursos que están pendientes, entre ellos el del expresidente catalán Carles Puigdemont.
Tal y como adelantó este diario, el borrador de sentencia que se votará en el próximo pleno considera que el Supremo ha vulnerado la tutela judicial efectiva de los dirigentes independentistas, su derecho a participación política al mantenerles la inhabilitación, y el principio de legalidad penal. Para el magistrado, la Sala de lo Penal del Alto Tribunal realizó una “interpretación extensiva” de la ley, “contraria al espíritu y finalidad de la norma”.
“No es admisible una interpretación extensiva” de la ley del olvido, según el borrador de sentencia
Señala el borrador de sentencia que el Supremo se acogió a la excepción que venía recogida en la ley, respecto a los actos cometidos con el propósito de obtener un beneficio personal de carácter patrimonial, para aplicarla, en este caso, de manera errónea. El tribunal consideró que los líderes independentistas se habían enriquecido personalmente al organizar el referéndum del 1 de octubre del 2017 con dinero público al no poner los fondos de su propio bolsillo.
Lo que argumenta Conde-Pumpido es que la ley de Amnistía era clara cuando consideraba amnistiables los delitos de malversación encuadrados en el marco de la preparación y organización del proceso independentista por lo que los argumentos del Supremo son “internamente contradictorios” con los presupuestos de exclusión recogidos en la ley.
Por esta razón, una vez que esta ponencia sea votada en el pleno de la próxima semana y salga adelante con la mayoría progresista del tribunal, el Supremo tendrá que rehacer esa resolución y aplicar la amnistía a Bassa. Fuentes jurídicas sostienen que la Sala de lo Penal ya está preparada y prevé aplicarla sin esperar al resto de sentencias de los demás líderes del procés encausados, tanto a los condenados como a los procesados. Los primeros buscan la amnistía para que quede eliminada la inhabilitación, como es el caso del exvicepresidente Oriol Junqueras. Del bloque de los segundos, como es el caso de Puigdemont, la amnistía les permitirá volver a España sin el riesgo de ser arrestados y sin causas penales pendientes.
La ponencia sobre el recurso de Bassa ordena al Alto Tribunal aplicar la amnistía a los líderes del ‘procés’
El presidente del TC advierte en su ponencia que se estiman estos recursos de amparo después de que el propio órgano de garantías avalara la constitucionalidad de la ley al igual que ha hecho recientemente el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Conde-Pumpido subraya que la interpretación que deben hacer los tribunales de esta ley tiene que adecuarse siempre a su espíritu y finalidad. “No es admisible una interpretación extensiva que desconozca el debido nexo de coherencia con la norma que las contempla, pues ello implica un ensanchamiento del ámbito de lo punible incompatible con las exigencias del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva”, añade. Para el magistrado la interpretación del Supremo es “flagrante e insoluble y supone una quiebra de racionalidad inconciliable con la garantía, inherente al contenido constitucionalmente protegido”, concluye.

Carlota Guindal
Redactora de tribunales
Testigo de juicios históricos: procés, 11-M, 17-A, Gürtel, Nòos o de los más sanguinarios etarras. Voy tras los casos de corrupción, de la política a lo empresarial y lo policial, para destapar todo tipo de abusos
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