El juzgado de Ceuta remite a la Audiencia Nacional la causa contra el delegado del Gobierno por la crisis migratoria
Por Europa Press — eldiario.es – eldiario.es

Todas las actuaciones se remitirán a la jueza Tardón, que instruye la investigación principal sobre la entrada de migrantes el 30 y 31 de julio en Ceuta
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El juzgado de Ceuta ha acordado inhibirse de la causa que investiga la actuación del delegado del Gobierno en Ceuta, Miguel Ángel Pérez Triano, en relación con la entrada de migrantes de los días 30 y 31 de julio, y remitir las actuaciones a la Audiencia Nacional, que instruye la investigación principal sobre estos hechos.
La magistrada María de la Luz Lozano ha acordado la inhibición de las diligencias previas abiertas en favor de la jueza de la Audiencia Nacional María Tardón, al apreciar una conexión objetiva y subjetiva entre ambos procedimientos.
El auto, fechado este lunes y al que ha tenido acceso Europa Press, señala que los hechos investigados se integran en la “misma secuencia fáctica y operativa” que constituye el objeto de la causa principal, relativa a la “organización, movilización y efectos de la entrada de personas desde Marruecos”.
La resolución recuerda que la Fiscalía había solicitado previamente la inhibición al considerar que existe conexión entre ambas investigaciones, así como “unidad de contexto, secuencia y prueba”.
Por ello, la magistrada considera que la investigación conjunta resulta conveniente para el esclarecimiento de los hechos y la determinación de las posibles responsabilidades, conforme a las reglas previstas en la Ley de Enjuiciamiento Criminal para los delitos conexos.
El auto señala además que la resolución dictada por la Audiencia Nacional para asumir la causa principal estableció que la investigación debía abarcar “todas las actuaciones desarrolladas en territorio español” relacionadas con la entrada, incluidas las relativas a los fallecimientos producidos durante la travesía a nado.
La magistrada señala que, cuando existen delitos conexos y varios órganos judiciales han iniciado actuaciones, la competencia corresponde al órgano que comenzó primero la causa. En este caso, entiende que ese criterio favorece a la Audiencia Nacional.
Las diligencias abiertas en Ceuta se iniciaron a raíz de una denuncia presentada por la asociación Manos Limpias en relación con la actuación del delegado del Gobierno durante los acontecimientos de los pasados días 30 y 31 de julio, ante las informaciones y avisos que habría recibido sobre la llegada de inmigrantes.
En el procedimiento también figura la asociación Hazte Oír, personada mediante querella, que había solicitado diversas diligencias y presentado un escrito de ampliación de querella.
La jueza de Ceuta acuerda que sea el órgano judicial competente el que resuelva sobre estas actuaciones y sobre la ampliación de la querella, al considerar que, una vez apreciada su falta de competencia objetiva, no debe pronunciarse sobre ellas para evitar decisiones que puedan interferir en la investigación principal.
Además, la parte dispositiva del auto ordena remitir “íntegramente” las actuaciones al órgano judicial de Madrid, dejando testimonio suficiente en el juzgado de Ceuta.
La resolución no es firme, ya que las partes pueden interponer recurso de reforma en el plazo de tres días desde su notificación y recurso de apelación, de forma subsidiaria o separada, en el plazo de cinco días.
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