La DGT avisa de la multa de 200 euros que te pueden poner desde el 1 de octubre por adelantar así

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Por Ada Sanuyeldiario.es – eldiario.es

La DGT avisa de la multa de 200 euros que te pueden poner desde el 1 de octubre por adelantar así

La reforma obliga a circular por los carriles situados más a la derecha cuando la nieve dificulte el tráfico para dejar libres los restantes a emergencias y quitanieves.

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A partir del próximo 1 de octubre cambiarán las normas para adelantar cuando la nieve dificulte la circulación por autopistas y autovías. El nuevo Reglamento General de Circulación establece expresamente que, en estas circunstancias, los conductores no podrán adelantar y deberán desplazarse por el carril situado más a la derecha. El incumplimiento de esta nueva obligación puede dar lugar a una multa de 200 euros.

La medida está incluida en el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, que modifica el Reglamento General de Circulación y fue publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 26 de junio. Aunque la reforma aborda numerosos aspectos de la seguridad vial, el propio texto fija su entrada en vigor para el 1 de octubre de 2026, por lo que será entonces cuando comiencen a aplicarse las nuevas obligaciones.

La prohibición no se aplicará simplemente porque esté nevando. El nuevo artículo 32 especifica que debe darse una situación en la que “la circulación se vea dificultada por las condiciones de la calzada a causa de la nieve”. Cuando ocurra, estará prohibido adelantar en autopistas y autovías y será obligatorio utilizar el carril derecho. En las carreteras con tres o más carriles por sentido también podrá emplearse el inmediatamente contiguo.

La norma exige usar los carriles de la derecha

La norma exige usar los carriles de la derecha

Los carriles que deberán quedar libres

El objetivo es que los carriles situados más a la izquierda permanezcan despejados para los vehículos de emergencia y las máquinas quitanieves. Así, en una autopista o autovía con dos carriles por sentido, los conductores deberán circular por el derecho cuando la nieve dificulte el tráfico. Si existen tres o más, podrán utilizar los dos situados más a la derecha, mientras el resto deberán quedar libres para estos servicios.

La reforma concreta de este modo el comportamiento que deben adoptar los vehículos ante estas circunstancias meteorológicas. El propio preámbulo del real decreto explica que se introduce una utilización específica de los carriles en autopistas y autovías ante determinados fenómenos adversos, precisamente para facilitar el avance de los servicios de emergencia y de los quitanieves.

Saltarse esta prohibición puede tener consecuencias económicas. Según se indica, el incumplimiento se considera una infracción grave y comporta una multa de 200 euros, de acuerdo con las reglas de la Ley de Tráfico sobre adelantamientos, utilización de carriles y ordenaciones especiales de la circulación. La cantidad puede quedarse en 100 euros si se abona dentro del periodo de pago con reducción. La sanción no comporta por sí misma pérdida de puntos, sin perjuicio de que puedan existir otras infracciones asociadas a la conducción.

El cambio se integra en una reforma mucho más amplia del Reglamento General de Circulación. Entre sus novedades también figura una modificación de las condiciones para adelantar a peatones, animales, vehículos de tracción animal, ciclomotores, vehículos de movilidad personal, ciclistas o grupos de ciclistas. El conductor deberá mantener una separación lateral mínima de 1,5 metros y, cuando la calzada disponga de más de un carril por sentido, tendrá que cambiar completamente de carril. Además, si la maniobra se realiza fuera de poblado, deberá reducir su velocidad en al menos 20 km/h respecto al límite de la vía antes de iniciarla y durante toda su ejecución.

Fonte: eldiario.es – eldiario.es

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